Consejos para hacer la declaración de la renta. Cuando mires tus datos fiscales y hagas el borrador de la Renta 2022 ten presente estos consejos para que no se te escape nada.
1. ¿Tengo que realizar la declaración de la Renta 2022?
Antes de presentar tu declaración, sería bueno ver si tienes obligación de hacerla y, en caso, de no tener que presentarla, si te compensa. La norma general indica que estás exento de hacer la Declaración de la Renta si ganas menos de 22.000 euros y solo haya sido de un pagador. Si has tenido dos o varios pagadores, el límite para estar exento cae hasta los 14.000 euros si has cobrado más de 1.500 euros del segundo pagador (o de la suma de varios pagadores además del primero). Esta es la norma general, pero tiene sus exclusiones. En este artículo puedes ampliar información sobre quiénes están obligados a presentar declaración.
Si no estás obligado a presentarla, en algunos casos puede que no compense presentarla. Por ejemplo, si tienes menos de 25 años y convives con tus padres, ya que ellos tienen derecho a una reducción por hijos, que seguramente sea mayor a lo que te devolverán a ti por presentar la Declaración de la Renta.
2. Comprueba tus datos personales
Comprueba que todos tus datos personales están bien y si ha habido cambios en el último año que puedan afectar a la declaración, es decir, cambio de domicilio, estado civil o nacimiento de hijos, entre otros, asegúrate de que estén recogidos. Si, por ejemplo, has tenido un hijo, podrás aprovechar algunas deducciones interesantes. Sobre el cambio de residencia, hay que tener en cuenta que, para que una persona sea considerada residente en España, tiene que haber vivido como mínimo 183 días.
En todo caso, cabe señalar que los contribuyentes por IRPF deberán tributar por todas sus rentas, independientemente que se obtengan en España o en el extranjero.
3. Reducción de la cuota para rentas bajas
Los contribuyentes con rentas inferiores a 16.825 euros (siempre que no tuvieran rentas distintas de las del trabajo superiores a 6.500 euros, excluidas las exentas) se beneficiaron de una reducción de su cuota.
Esta reducción asciende a 5.565 euros anuales para quienes ingresan menos de 13.115 euros y una cantidad proporcional a esta cifra para quienes ganan entre 13.115 y 16.825 euros.
4. Los ingresos por maternidad o paternidad no tributan
Recuerda que los ingresos vinculados a las prestaciones de maternidad y paternidad recibidos en 2022 están exentos de tributación.
Asegúrate de que todo viene bien en el borrador y que este tipo de prestaciones no aparecen en el apartado de rendimientos del trabajo, lo que sería un error. Podrían aparecer como rentas exentas o simplemente no aparecer.
5. Deducción por maternidad
Consulta si te corresponde la ayuda para madres trabajadoras por cuenta ajena o autónomas (deducción por maternidad), que puede percibirse en forma de deducción anual en el IRPF de hasta 1.200 euros hasta que el niño cumpla tres años, o bien solicitar el abono anticipado de la misma a razón de 100 euros mensuales por niño menor de tres años.
Se incrementa hasta en 1.000 € adicionales la deducción por maternidad por cada hijo por el que tengas derecho a la deducción si has pagado en el ejercicio gastos de custodia del hijo menor de tres años. Toda la información en la página de la Agencia Tributaria (deducción maternidad)
6. Mayores deducciones familiares
Si tienes derechos a otras deducciones familiares por descendiente o ascendiente discapacitado, familia numerosa o monoparental con 2 hijos y sin derecho a percibir anualidades, comprueba que aparecen los datos correspondientes en tus datos fiscales. Ten en cuenta, además, que las cuantías de la deducción son este año mayores.
En el caso de familias numerosas, por ejemplo, el aumento es de 600 euros anuales (50 euros al mes) por cada hijo a partir del cuarto para la categoría general o del sexto para la categoría especial. Recuerda que existe una deducción por cónyuge con discapacidad a cargo por importe de 1.200 euros anuales (100 euros al mes).
7. Deducción por familia en otro Estado de la Unión Europea
Desde 2018, el Gobierno ha establecido una deducción, con cierto requisitos, para los contribuyentes en la que uno de sus miembros resida en otro Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, lo que les impide presentar declaración conjunta. De esta forma se equipara la cuota a pagar del contribuyente residente en territorio español a la que hubiera soportado en el caso de que todos los miembros de la unidad familiar hubieran sido residentes fiscales en España.
8. Inmuebles bien verificados
Comprueba la información de los inmuebles y sus referencias catastrales porque es obligatorio incluir esta información en la declaración de la renta, incluido el de la vivienda habitual aunque ésta no sea de tu propiedad. Para más información puedes consultarlos en la Sede Electrónica del Catastro.
9. Deducción por invertir en empresas de nueva creación
La deducción por invertir en empresas de nueva creación que reúnan ciertos requisitos es del 30%, con un límite de 60.000 euros.
10. Planes de pensiones
Si tienes aportaciones a planes de pensiones, debes comprobar que figuran incluidas. Puedes consultar los cambios en la fiscalidad de los planes de pensiones en 2022 en este artículo: Planes de Pensiones: cambios en la fiscalidad en 2022
11. Deducción por inversión en vivienda habitual
Esta deducción se suprimió en enero de 2013, pero se estableció un régimen transitorio para los contribuyentes que venían deduciéndose por vivienda habitual con anterioridad. Si tienes derecho a la aplicación del régimen transitorio, verifica que la información de los préstamos hipotecarios que aparece en sus datos fiscales es correcta y que está consignada.
12. Deducción por alquiler de la vivienda habitual
Si tu contrato de alquiler es anterior al 1 de enero de 2015 y cumples las condiciones para aplicarse la deducción, debe quedar reflejada en las casillas correspondientes El importe de la deducción de dicho régimen transitorio consiste en el 10,05% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda habitual, siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales tanto en tributación individual como en tributación conjunta. . En este artículo, te contamos todas las deducciones autonómicas por el alquiler
13. Deducciones autonómicas: suben en Ceuta y Melilla
Si tiene derecho a alguna deducción autonómica y no figurara en el borrador, puede consignarla en las casillas correspondientes a tu comunidad autónoma. Y si trabajas en Ceuta y Melilla, recuerda que la deducción por las rentas obtenidas en dichos territorios tiene un límite del 60%.
14. ¿Te tocó un pellizco en la lotería?
Hasta 2019 estaban exentos los primeros 20.000 euros del premio, pero a principios de 2020 el umbral subió a 40.000. Es decir, de los premios obtenidos en 2022, hasta 40.000 euros no se tendrá que pagar en la Declaración de la Renta. A partir de esa cantidad la Agencia Tributaria te cobrará un gravamen del 20%.
15. Comprueba que la situación familiar está correcta
Si la situación civil del contribuyente cambia o tiene hijos, la declaración de la Renta debe incluirlo. Hay que cerciorarse de que la Agencia Tributaria haya incluido esos cambios ya que podemos estar perdiendo algún tipo de beneficio fiscal.